Preguntas frecuentes


USO DE INSTALACIONES
¿Qué documentación es necesaria para darme de alta como usuario de las instalaciones?
Los documentos imprescindibles para este trámite, son: el impreso de solicitud de alta debidamente rellenado y firmado, el DNI y una fotografía tamaño carnet.
¿Cuánto cuesta?
Antes de empezar a disparar es obligatorio la realización del curso de inicio al tiro olímpico, su precio es de 55€. Para más información clicar al siguiente enlace: https://complexcanbosch.blogspot.com/p/curso-iniciacion-tiro-deportivo.html
Como usuario, deberá abonar una cuota anual de 300 €.
También deberán abonarse los 75 € correspondientes a la licencia de la Federación Catalana de Tir Olímpic, requisito exigido para poder hacer uso de las instalaciones.
Los usuarios, también podrán tramitar la obtención de la licencia en las oficinas de nuestras instalaciones. 
¿Qué servicios incluye el pago de la cuota?
El pago de la cuota da derecho al uso de la galería de tiro de precisión, la galería de tiro de aire comprimido, la de IPSC y los fosos de plato.
Servicios adicionales: armería:, para la compra de armas, munición, accesorios para el tiro y artículos para la recarga de munición; reparación y limpieza de armas; aulas de formación en las que se realizan cursos habitualmente, custodia de armas, alquiler de armas, wc equipados con vestuarios y duchas, servicio de cafetería, restaurante y piscina.
Todo dentro del horario establecido, a excepción de los periodos en los que se esté realizando alguna competición deportiva.
¿Cuándo y cómo puedo empezar a practicar?
Realizada la inscripción, es de obligado cumplimiento la realización de un curso de iniciación al tiro deportivo, realizado por el responsable de las instalaciones.
Una vez realizado el curso, el usuario tiene a su disposición las armas, de forma gratuita, para poder entrenarse debidamente. Estas armas son pistolas de calibre 22 lr con las que el usuario realizará sus primeras prácticas de tiro, con la misma arma, realizará en su momento la prueba para la obtención de la licencia de armas tipo “F”.

LICENCIA DE ARMAS
 ¿Qué es la licencia de armas tipo “F”?
La licencia de armas tipo “F” ampara hasta un máximo determinado de armas de fuego de las denominadas de concurso, de acuerdo con la categoría del tirador.
La Orden INT/1715/2011, de 13 de junio, BOE nº 147 de 21 de junio de 2011, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia de armas «F», son consideradas de concurso.
Esta licencias sólo permitirá el uso de las armas en los campos, polígonos o galerías autorizadas para la práctica del tiro, y únicamente podrá portarse con tal objeto.
¿Cuántas armas puedo tener?
De acuerdo con la categoría del tirador la licencia tipo” F” puede ser de tres clases:
  • 1ª clase: Un máximo de 10 armas de concurso.
  • 2ª clase: Un máximo de 6 armas de concurso.
  • 3ª clase: Un arma corta o un arma larga de concurso, con exclusión de las pistolas libres.
¿Cómo consigo la licencia “F”?
Para ello, deberá realizar una prueba práctica en la galería de tiro, la prueba consiste en realizar tres series de cinco disparos cada una, siendo los cinco primeros de prueba, teniendo que superar los 50 puntos.
Se programan tres pruebas anuales.
Una vez concedida la licencia, ¿Puedo comprarme un arma y tenerla en mi propia casa?
Los titulares de las armas de concurso deberán guardarlas en:
  • En los locales de las federaciones con las debidas condiciones de seguridad, aprobadas por la Guardia Civil.
  • En los domicilios de los titulares, desactivadas, siempre que los cierres o las piezas esenciales se guarden en cajas fuertes de los domicilios o en los locales de las federaciones deportivas con las debidas condiciones de seguridad, a juicio de la Guardia Civil. Las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes se determinan en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE. núm. 291, de 5 de diciembre).
¿Cada cuanto tengo que renovar la licencia?
La licencias de armas tipo “F”, serán concedidas por el Director General de la Guardia Civil y tendrán un plazo de validez de cinco años, siempre que concurran los requisitos exigibles para su otorgamiento, al cabo de los cuales, para poder tener y usar las armas correspondientes, habrán de solicitarse nuevas licencias.
La pérdida de la habilitación deportiva llevará aparejada la revocación de la licencia y obligará a entregar el/las arma/s de concurso en la Intervención de Armas de la Guardia Civil correspondiente al domicilio del interesado. Durante el año siguiente a la fecha del depósito, si el interesado recobra su condición deportiva podrá solicitar una nueva licencia, o en su caso, autorizar la transferencia a una persona con licencia tipo “F”.
Aquellos deportistas que, salvo casos excepcionales, no hayan realizado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia tipo F.

CATEGORÍAS DEL TIRADOR
¿Qué son las categorías del tirador?
Dependiendo de la puntuación alcanzada en cada modalidad durante las competiciones se determinará la categoría del tirador, por eso, un tirador puede ser de categorías diferentes en modalidades de tiro distintas.
¿Cómo puedo ascender de categoría?
Recién obtenida la licencia, a efectos de la Guardia Civil, el tirador se considera de 3ª categoría.
El ascenso de categoría debe solicitarse ante la Guardia Civil, presentando el correspondiente certificado de acreditación de ascenso de categoría, para ello es necesario haber participado en una competición oficial de nivel autonómico, para el ascenso a 2ª categoría, y en una competición oficial de nivel nacional, para el ascenso a 1ª categoría, superando la puntuación mínima requerida según la modalidad de la tirada.
¿Qué modalidades de competiciones hay y cuáles son las puntuaciones mínimas requeridas?

PUNTUACIONES MÍNIMAS

PARA ASCENSOS DE CATEGORÍA

Pistola Standard

2ª Categoría -440

1ª Categoría -500

Maestro Tirador -560

Pistola Fuego Central

2ª Categoría -450

1ª Categoría -510

Maestro Tirador -575

Pistola 9 mm

2ª Categoría -430

1ª Categoría -490

Maestro Tirador -570

Pistola Aire

2ª Categoría -480

1ª Categoría -510

Maestro Tirador -575

Pistola Velocidad

2ª Categoría -480

1ª Categoría -520

Maestro Tirador -580

Pistola Libre

2ª Categoría -470

1ª Categoría -510

Maestro Tirador -560

Pistola Deportiva Damas

2ª Categoría -450

1ª Categoría -500

Maestro Tirador -570

NOTA: PARTE DEL TEXTO, HA SIDO EXTRAÍDO DE LA WEB OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL Y DE LA WEB OFICIAL DE LA FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE TIRO OLÍMPICO.

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